
Dirigentes y vecinos conocieron los alcances de las Modificaciones al Reglamento de Polimetales
Con la presencia de un importante número de dirigentes y vecinos de los sectores afectados por polimetales, el intendente, Emilio Rodríguez y la gobernadora de Arica, Andrea Murillo, dieron a conocer los alcances de las Modificaciones al Reglamento Ley N° 20.590 Polimetales de Arica. La jornada de difusión se desarrolló en el Aula Magna del Campus Velásquez de la UTA.
El intendente Emilio Rodríguez, señaló que lo más trascendente de las modificaciones al reglamento de polimetales, es que contempla una serie de proyectos que están en curso. “Lo que nos interesa es que esos proyectos lleguen a la gente y que las personas queden satisfechas con lo que se está haciendo. Si hay algún proyecto que no está dentro de la ley de polimetales o los vecinos no quedan satisfechos con él, estamos disponibles para financiar otras acciones de remediación con los Fondos Nacional de Desarrollo Regional FNDR”, puntualizó la autoridad regional.
En tanto la gobernadora Andrea Murillo, quien está a cargo de la Unidad Coordinadora del Programa de Intervención en Zonas con Presencia de Polimetales de la comuna de Arica, se refirió a las principales modificaciones al reglamento de polimetales, manifestando que lo que se pretende con estas modificaciones es ordenar un poco el reglamento, el cual en su estructura estaba muy disperso y no daba espacios suficientes a los afectados de poder acreditarse.
PROCEDIMIENTO DE ACREDITACION
En su presentación la autoridad provincial señaló que serán acreditados los beneficiarios de los sectores contaminados con polimetales pobladores, expobladores, trabajadores y extrabajadores. Incorporándose así como acreditados en la base de datos que el Ministerio de Salud elaboró para la implementación del Programa Maestro de Intervención de Zonas con Presencia de Polimetales de la Comuna de Arica.
Las personas no consideradas en el párrafo anterior, podrán acreditarse como beneficiarios de la Ley 20.590, conforme a lo establecido en el presente reglamento. Por su parte las personas que tengan su residencia fuera de la Región de Arica y Parinacota, deberán remitir a la intendencia de su domicilio los antecedentes exigidos por este reglamento para efectos de la acreditación.
Sobre los tipos de beneficiarios, Murillo, explicó que existen 4 grupos, los que habitan en zonas de riesgo, los que presentan efectos en la salud, extrabajadores expuestos ocupacionalmente, trabajadores y extrabajadores expuestos no ocupacionalmente, para lo cual deberán acreditar tiempo mínimo de exposición a polimetales, haber residido en los lugares especificados en el presente reglamento.
En relación al tiempo mínimo de exposición, estos dependen si son menores o mayores de edad. En el caso de los menores de 18 años, madres cursaron su embarazo a lo menos 3 meses con residencia en zonas con presencia de polimetales, con patologías atribuibles a exposición o tener 6 meses o más de residencia en dichas zonas con niveles de arsénico inorgánico en la orina de más de 35 ug/L y/o niveles de plomo en la sangre de más de 10 ug/dl. En el caso de los mayores de 18 años Se reduce el tiempo a 3 años o más de residencia en zonas afectadas por polimetales.
Para efectos de la acreditación, el artículo 12 señala que los interesados deberán demostrar haber habitado en algunas de las siguientes zonas Cerro Chuño I, II, III, IV, V, VII; Huamachuco I y II; Los Industriales I, II, III y IV; Sica Sica, Villa Araucanía; Prat; Villa Santa María; Chinchorro Alto y Zona Industrial.
Por su parte el artículo 13 dice que para acreditar la calidad de beneficiario se deberá presentar una declaración jurada y dos testigos no familiares, que den fe del tiempo de exposición en las zonas de riesgo. Además deberán acompañar dos de los siguientes medios de acreditación de domicilio; Ficha CAS o Ficha de Protección Social, sin importar puntaje asignado; copia simple del certificado de dominio de la vivienda, escritura de compraventa, posesión efectiva u otro documento que acredite la propiedad, posesión o mera tenencia del inmueble; Registro de domicilio emitido por entidades educacionales, de salud o previsionales; cualquier otro documento o certificado idóneo del domicilio, emitido por algún servicio dependiente del estado.
BENEFICIARIOS QUE PRESENTAN EFECTOS EN LA SALUD
Murillo, señaló en el caso de los beneficios en salud, se otorgarán a aquellos pobladores, expobladores, trabajadores y extrabajadores, que hayan habitado, habiten, trabajen o hayan trabajado en las zonas definidas en los artículos 12 y 52 que presenten algún efecto en la salud, atribuible a la exposición de uno o más de los contaminantes. Para acreditar su residencia o lugar de trabajo deberá presentar dos de los documentos definidos en el artículo 13 o uno de los señalados en el artículo 16, según corresponda.
Para acreditar algún efecto en la salud atribuible a uno o más de los contaminantes deberán presentar un certificado médico u otro documento de carácter clínico donde conste dicha situación.
Por último la autoridad provincial manifestó que se desarrollarán diversos proyectos en espacios públicos, los que se llevarán a cabo en las siguientes poblaciones: Huamachuco, Araucanía, Sica Sica, Alborada, Industriales 0, I, II, III y IV.